top of page

¿Qué es un Permiso Individual de Formación (PIF)?  

 

El Permiso Individual de Formación (PIF), es el permiso autorizado por la empresa a un trabajador para la realización de un curso dirigido a la obtención de una acreditación oficial, incluidos los títulos y certificados de profesionalidad, así como los procesos de reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias y cualificaciones profesionales (Art.21 OM 2307/2007).

 

A través de las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social, la empresa puede autorizar a un trabajador que disponga de horas laborales para formarse.

 

Financiación

Las empresas que concedan PIF para sus trabajadores dispondrán de un crédito adicional de hasta un 5% respecto de su crédito anual para Formación Continua.

Los PIF podrán financiarse, a través de las correspondientes bonificaciones,con cargo a todo o parte de su crédito de Formación Continua, sumando al mismo el crédito adicional.

El crédito para acciones en empresas podrá destinarse para realizar PIF, si bien, el crédito adicional destinado a PIF no podrá destinarse para realizar acciones en empresas.

Las bonificaciones podrán aplicarse a medida que se abonen a los trabajadores los salarios correspondientes a los permisos concedidos.

El coste será el equivalente a una cantidad igual al salario del trabajador y de las cotizaciones devengadas a la Seguridad Social durante un período no superior a 200 horas laborales por persona, para el curso académico correspondiente. Dicho salario estará constituido por salario base, antigüedad y complementos fijos, así como por la parte correspondiente de pagas extraordinarias, de acuerdo con lo establecido en el convenio colectivo o en el contrato de trabajo.

Los PIF no están sujetos a la exigencia de aportación privada, si bien la duración del permiso retribuido con cargo a las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social, no podrá superar el límite de las 200 horas laborales por persona.

 

Requisitos relativos a los trabajadores

Trabajadores asalariados que presten sus servicios en empresas privadas o entidades públicas empresariales, que coticen a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional y que hayan obtenido de la empresa la concesión de dicho permiso.

Para ello la empresa pondrá a disposición de los trabajadores que lo requieran el modelo de solicitud de concesión del permiso que se publica como anexo a la O.M. TAS 2307/2007, de 27 de julio.

 

Requisitos relativos a la formación

La formación deberá estar reconocida por una titulación oficial, es decir:

  • Son titulaciones oficiales aquellas que han sido emitidas por cualquier Administración Pública, publicadas en el BOE y con validez en todo el Estado español.

  • Se incluyen también los cursos universitarios que tengan la consideración de Títulos Universitarios Propios por resolución de la Junta de Gobierno o Consejo Social de la Universidad correspondiente.

  • Las titulaciones oficiales pueden ser cursadas en centros públicos o privados, siempre que éstos últimos estén homologados y autorizados por el Ministerio competente.

La formación debe estar dirigida tanto al desarrollo o adaptación de las cualificaciones técnico - profesionales del trabajador/a como a su formación personal.

La formación no debe estar incluida en las acciones de Formación Continua de la empresa.

Quedan excluidas las acciones formativas que no se correspondan con la modalidad presencial, admitiéndose la parte presencial de las realizadas en la modalidad a distancia.

 

Requisitos relativos al procedimiento

Se deberá informar a la RLT, según la regulación contenida en el artículo 15 del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo y en el artículo 16 de la Orden TAS/2307/2007, de 27 de julio.

La empresa debe comunicar a la Fundación Estatal, tanto al inicio del Permiso como a su finalización, los siguientes datos:

  1. Formación objeto del permiso

  2. Título que se corresponde con dicha formación

  3. Número de horas de permiso y su distribución

  4. Coste del permiso

  5. Cuantía de las bonificaciones

Las comunicaciones de inicio y finalización de los Permisos las realizará, al igual que en el caso de las acciones de Formación Continua, la empresa a través de la aplicación telemática de la Fundación estatal para la Formación en el Empleo.

 

Documentación a custodiar por la empresa:

  • Solicitud del PIF y concesión del permiso
    La empresa deberá custodiar el impreso de solicitud cumplimentado por los trabajadores que lo solicitaron y la concesión del permiso.

  • Matriculación oficial
    Se acreditará mediante la presentación de la copia de la matrícula, así como copia de la justificación de haber realizado el pago de la misma.

  • Calendario lectivo y horario de las clases
    Mediante certificado con sello del centro de estudios o del departamento correspondiente. La documentación deberá ser original o fotocopia compulsada.

  • El resultado académico o presencia en la acción formativa
    Mediante certificado de asistencia con sello del centro de estudios o del departamento correspondiente y firma de la persona que emite el certificado. La documentación deberá ser original o fotocopia compulsada.

  • Realización de un Curso Universitario que tiene la consideración de Título Propio
    En este caso se deberá solicitar la Resolución de la Junta de Gobierno o Consejo Social de la Universidad correspondiente. Esta documentación podrán solicitarla en las secretarias de los Centros correspondientes.

  • Formación realizada en un centro de formación privado
    Deberá custodiar el certificado de la Homologación del centro de formación, así como una acreditación de la normativa reguladora de la enseñanza solicitada.

  • Fotocopia de las nóminas
    El salario percibido durante el periodo de disfrute del permiso se acreditará mediante fotocopia de las nóminas correspondientes a los meses en los que se hayan disfrutado horas de permiso financiadas.

     

    En CENTRO DE FORMACIÓN TÉCNICA Y NUEVAS TECNOLOGÍAS, contamos con una amplia experiencia en la tramitación de Permisos Individuales para la Formación, con una amplia variedad de Certificados de Profesionalidad, Competencias Clave y Cualificaciones y Acreditaciones Profesionales, entre las que podrás elegir.

 

 

 

 

 

 

 

bottom of page